Actualización versión 4.19

¡Nos complace anunciar la llegada de la versión 4.19 de itcons.app, repleta de emocionantes mejoras y correcciones!

Hemos trabajado arduamente para perfeccionar tu experiencia en la gestión empresarial. En esta actualización, hemos abordado una variedad de problemas y hemos agregado nuevas funcionalidades para asegurarnos de que tu flujo de trabajo sea aún más eficiente. Echa un vistazo a algunos de los aspectos más destacados:

Nuevas funcionalidades y mejoras:

  • Ahora es posible acceder a los partes de trabajo, órdenes de trababjo y ausencias desde la pantalla de usuarios y proyectos sin abandonar las citadas páginas.
  • Se puede consultar la ubicación en el mapa desde dentro de la aplicación en la vista de un parte de trabajo, sin necesidad de abrir google maps.
  • Funcionalidad añadida: duplicar usuario.
  • Se han realizado mejoras en las alertas de datos obligatorios en partes de trabajo, órdenes de trabajo y solicitudes de ausencias para que sean más amigables y comprensibles.
  • En en editor de modelos, el dato incremental solo estará habilitado si se seleccionan categorías en la sección correspondiente.

Errores y correcciones:

  • Solucionado un error en la carga de áreas del proyecto en el parte de trabajo.
  • Corregido el problema con el dato de email, al seleccionar la opción de envío de copia cuando el proyecto no tiene un correo electrónico asociado.
  • Arreglado el inconveniente que mostraba los adjuntos en el PDF, incluso si se tenía esta opción desactivada.
  • Validación mejorada para los nombres de categorías.
  • Errores corregidos en la opción de acciones múltiples para todos los usuarios.
  • Solucionado el problema de duplicación de partes de trabajo después de borrar un dato del modelo y duplicar un parte de trabajo generado sobre la versión anterior.
  • Ahora si la configuración de proyectos tiene deshabilitada las funciones de las áreas de proyecto y el valor KPI, el dato también estará deshabilitado en el editor de modelos.
  • El icono de ubicación ahora solo aparecerá cuando haya una ubicación registrada.
  • Se han corregido errores relacionados con la jerga. (Plan Business)
  • Se ha mejorado el envío por correo electrónico de consultas grandes de Excel.
  • Se ha actualizado el mensaje de refresco en el listado al crear el primer parte de trabajo y la primera orden de trabajo.
  • Se ha solucionado el problema de registro de cambios de estado de una orden de trabajo cuando se realiza desde las acciones múltiples del listado.
  • Las partes sin datos de cabecera ni secciones aparecerán en las consultas de Excel.
  • En el editor de modelos se ha deshabilitado el dato selección de categoría cuando no se encuentra en el primer dato de la sección en el editor de modelos ya que genera una incongruencia en la configuración o el diseño del modelo.
  • Se han corregido los problemas de adjuntos en la creación de ausencias y órdenes de trabajo en iOS.

Estamos emocionados por compartir todas estas mejoras y correcciones con nuestra comunidad de usuarios de itcons.app. Esperamos que esta actualización a la versión 4.19 te brinde una experiencia aún más fluida y eficiente en la gestión de tu empresa.

¡No dudes en explorar todas las nuevas características y aprovechar al máximo las mejoras que hemos implementado! Si tienes alguna pregunta o necesitas asistencia, nuestro equipo de soporte está listo para ayudarte.

¡Gracias por ser parte de la transformación digital con itcons.app!

Las dudas más comunes sobre las vacaciones de los trabajadores

¿Necesitas saber cuantas vacaciones te corresponden? En este artículo resolvemos las dudas más importantes para que puedas gestionar tus vacaciones o las vacaciones de los trabajadores de la manera más eficaz.

Artículo 24 de la Declaración de Derechos Humanos: Derecho al descanso

Un derecho que se recoge en el artículo 40.2 de la Constitución Española para garantizar a los trabajadores españoles 30 días de descanso por cada año trabajado. En relación al Estatuto de los trabajadores, las empresas están obligadas a ofrecer otros dos tipos de descanso:

  • Un mínimo de 12 horas de descanso diario para afrontar la jornada de trabajo.
  • Semanalmente debes disfrutar de un día y medio de vacaciones.

Las vacaciones anuales

Las vacaciones anuales de los trabajadores se generan desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. En caso de que no cumpla con este periodo, la persona en cuestión tendrá derecho a disfrutar la parte proporcional de su contrato de trabajo. Para calcularlo, podemos utilizar una regla de tres:

Diferentes situaciones

Incapacidad temporal

Puede darse el caso de tener una baja laboral mientras estas de vacaciones. En este caso, el trabajador podrá recuperar aquellos días que no ha disfrutado y utilizarlos en el momento que considere oportuno.

Las vacaciones se pueden disfrutar en otro periodo de tiempo siempre y cuando:

  • Exista un periodo de incapacidad temporal a causa de un embarazo, parto o paternidad. Una vez termine este proceso, la persona trabajadora tendrá derecho a disfrutar sus vacaciones en el próximo año.
  • Incapacidad temporal por razones laborales. Prácticamente igual que el caso anterior, pero no podrán pasar más de 18 meses desde que ocurrieron los acontecimientos.

Ausencias justificadas

Es importante tener en cuenta que el trabajador genera vacaciones por el simple hecho de tener un contrato laboral con una empresa. Por ello, en caso de que necesites ausentarte del trabajo de manera justificada podrás generar vacaciones sin ningún problema. Cabe recalcar que los periodos de huelga están considerados como ausencias justificadas, por lo que sumara al cómputo global.

Los despidos y las vacaciones

En caso de despedido, el trabajador debe recibir las vacaciones no disfrutadas en el finiquito. Además, hay que cotizar por ellos y podemos comprobarlo gracias al informe laboral.

¿Cuánto duran las vacaciones?

La duración de las vacaciones dependerá del convenio colectivo o acuerdos dentro del contrato, pero no puede ser inferior a los 30 días naturales sea jornada completa o parcial.

Sábados, domingos, festivos u otros días que el trabajador no tiene que trabajar no contarán como vacaciones disfrutadas.

Normalmente la duración se declara en días hábiles, pero puede darse el caso de que se realice en días naturales. En este caso, las vacaciones se calcularán de fecha a fecha.

Nunca pueden pagarse las vacaciones al trabajador porque no nacen con ese objetivo. Sin embargo, en caso de deje de existir una relación laboral y tengas que disfrutar de vacaciones la empresa tendrá que pagar el correspondiente finiquito.

¿Cuándo puedo disfrutar de mis vacaciones?

Teniendo en cuenta el convenio correspondiente, el trabajador y empresario pueden acordar las fechas, pero es importante que conozca los días que les corresponden 2 meses antes de disfrutarlas.

El trabajador puede elegir libremente sus vacaciones siempre y cuando lo realice de manera habitual. No obstante, nunca debe hacerlo de forma unilateral porque la empresa puede considerarlo como ausencia injustificada y como consecuencia, un despido.

Retribución

Durante las vacaciones, el trabajador tiene que cobrar el salario habitual que señala el contrato laboral.

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras disfruto de las vacaciones?

A pesar de que las vacaciones tienen como objetivo el descanso del trabajador, existe la posibilidad de que lleve a cabo otras tareas laborales en otra empresa. Aun y todo, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • No hay pacto de no concurrencia en el contrato laboral.
  • Concurrencia desleal.

10 normas laborales

Para finalizar, las vacaciones son un derecho que todo trabajador tiene que tener. Por ello, mencionaré 10 normas que hay que tener en cuenta para poder disfrutarlas correctamente:

  1. El trabajador tiene que disfrutar de al menos 30 días naturales por cada año trabajado. Dependiendo del convenio y el contrato laboral podrá disfrutar de más días.
  2. Está prohibido reemplazar las vacaciones por una cantidad económica
  3. No obstante, existe una excepción con el caso anterior con los contratos temporales porque puede haber una cantidad económica para aquellos trabajadores que no han disfrutado de sus vacaciones.
  4. Debes disfrutar las vacaciones que has logrado en el mismo año natural.
  5. No tienes por qué trabajar un año completo para disfrutar de tu derecho a vacaciones, ya que por cada mes te corresponden 2,5 días.
  1. Los trabajadores deben conocer el calendario de vacaciones con una antelación de 2 meses.
  2. Está permitida la división de vacaciones siempre y cuando disfrutes como mínimo 2 semanas completas interrumpidas.
  3. La retribución durante el periodo vacacional debe ser igual que sueldo laboral.
  4. Desde el punto de vista del empresario, esta completamente prohibido sancionar a un trabajador con la reducción de sus vacaciones.
  5. El trabajador puede laborar en otra empresa siempre y cuando no haya una cláusula que diga lo contrario.

¿Estas buscando una aplicación para que gestionar las ausencias y vacaciones de tu empresa?

Itcons.app (módulo gestor de vacaciones) es la aplicación que necesitas para gestionarlo de forma optima y reducir el tiempo.

¡Úsalo gratis!