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gestión de vacaciones

Las dudas más comunes sobre las vacaciones de los trabajadores

¿Necesitas saber cuantas vacaciones te corresponden? En este artículo resolvemos las dudas más importantes para que puedas gestionar tus vacaciones o las vacaciones de los trabajadores de la manera más eficaz.

Artículo 24 de la Declaración de Derechos Humanos: Derecho al descanso

Un derecho que se recoge en el artículo 40.2 de la Constitución Española para garantizar a los trabajadores españoles 30 días de descanso por cada año trabajado. En relación al Estatuto de los trabajadores, las empresas están obligadas a ofrecer otros dos tipos de descanso:

  • Un mínimo de 12 horas de descanso diario para afrontar la jornada de trabajo.
  • Semanalmente debes disfrutar de un día y medio de vacaciones.

Las vacaciones anuales

Las vacaciones anuales de los trabajadores se generan desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. En caso de que no cumpla con este periodo, la persona en cuestión tendrá derecho a disfrutar la parte proporcional de su contrato de trabajo. Para calcularlo, podemos utilizar una regla de tres:

Diferentes situaciones

Incapacidad temporal

Puede darse el caso de tener una baja laboral mientras estas de vacaciones. En este caso, el trabajador podrá recuperar aquellos días que no ha disfrutado y utilizarlos en el momento que considere oportuno.

Las vacaciones se pueden disfrutar en otro periodo de tiempo siempre y cuando:

  • Exista un periodo de incapacidad temporal a causa de un embarazo, parto o paternidad. Una vez termine este proceso, la persona trabajadora tendrá derecho a disfrutar sus vacaciones en el próximo año.
  • Incapacidad temporal por razones laborales. Prácticamente igual que el caso anterior, pero no podrán pasar más de 18 meses desde que ocurrieron los acontecimientos.

Ausencias justificadas

Es importante tener en cuenta que el trabajador genera vacaciones por el simple hecho de tener un contrato laboral con una empresa. Por ello, en caso de que necesites ausentarte del trabajo de manera justificada podrás generar vacaciones sin ningún problema. Cabe recalcar que los periodos de huelga están considerados como ausencias justificadas, por lo que sumara al cómputo global.

Los despidos y las vacaciones

En caso de despedido, el trabajador debe recibir las vacaciones no disfrutadas en el finiquito. Además, hay que cotizar por ellos y podemos comprobarlo gracias al informe laboral.

¿Cuánto duran las vacaciones?

La duración de las vacaciones dependerá del convenio colectivo o acuerdos dentro del contrato, pero no puede ser inferior a los 30 días naturales sea jornada completa o parcial.

Sábados, domingos, festivos u otros días que el trabajador no tiene que trabajar no contarán como vacaciones disfrutadas.

Normalmente la duración se declara en días hábiles, pero puede darse el caso de que se realice en días naturales. En este caso, las vacaciones se calcularán de fecha a fecha.

Nunca pueden pagarse las vacaciones al trabajador porque no nacen con ese objetivo. Sin embargo, en caso de deje de existir una relación laboral y tengas que disfrutar de vacaciones la empresa tendrá que pagar el correspondiente finiquito.

¿Cuándo puedo disfrutar de mis vacaciones?

Teniendo en cuenta el convenio correspondiente, el trabajador y empresario pueden acordar las fechas, pero es importante que conozca los días que les corresponden 2 meses antes de disfrutarlas.

El trabajador puede elegir libremente sus vacaciones siempre y cuando lo realice de manera habitual. No obstante, nunca debe hacerlo de forma unilateral porque la empresa puede considerarlo como ausencia injustificada y como consecuencia, un despido.

Retribución

Durante las vacaciones, el trabajador tiene que cobrar el salario habitual que señala el contrato laboral.

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras disfruto de las vacaciones?

A pesar de que las vacaciones tienen como objetivo el descanso del trabajador, existe la posibilidad de que lleve a cabo otras tareas laborales en otra empresa. Aun y todo, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • No hay pacto de no concurrencia en el contrato laboral.
  • Concurrencia desleal.

10 normas laborales

Para finalizar, las vacaciones son un derecho que todo trabajador tiene que tener. Por ello, mencionaré 10 normas que hay que tener en cuenta para poder disfrutarlas correctamente:

  1. El trabajador tiene que disfrutar de al menos 30 días naturales por cada año trabajado. Dependiendo del convenio y el contrato laboral podrá disfrutar de más días.
  2. Está prohibido reemplazar las vacaciones por una cantidad económica
  3. No obstante, existe una excepción con el caso anterior con los contratos temporales porque puede haber una cantidad económica para aquellos trabajadores que no han disfrutado de sus vacaciones.
  4. Debes disfrutar las vacaciones que has logrado en el mismo año natural.
  5. No tienes por qué trabajar un año completo para disfrutar de tu derecho a vacaciones, ya que por cada mes te corresponden 2,5 días.
  1. Los trabajadores deben conocer el calendario de vacaciones con una antelación de 2 meses.
  2. Está permitida la división de vacaciones siempre y cuando disfrutes como mínimo 2 semanas completas interrumpidas.
  3. La retribución durante el periodo vacacional debe ser igual que sueldo laboral.
  4. Desde el punto de vista del empresario, esta completamente prohibido sancionar a un trabajador con la reducción de sus vacaciones.
  5. El trabajador puede laborar en otra empresa siempre y cuando no haya una cláusula que diga lo contrario.

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